Normativa

El registro de jornada es obligatorio para todas las empresas

Desde mayo de 2019 el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el Real Decreto-ley 8/2019, obliga a registrar cada día la hora de entrada y salida de cada trabajador. Esto es lo que exige y cómo cumplirlo sin esfuerzo.

1

Registro diario

Hora concreta de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, todos los días.

2

Conservación 4 años

Los registros se guardan durante cuatro años y no se pueden perder ni rehacer.

3

Acceso

A disposición del trabajador, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.

4

Sistema fiable

El registro debe ser objetivo y no manipulable: cada corrección tiene que quedar registrada.

Sistemas válidos

Qué sirve y qué no ante una inspección

Válido

  • Software de control horario con registro de cada corrección
  • Conservación automática de los registros durante 4 años
  • Informes exportables por trabajador y periodo para la Inspección

No válido

  • Hojas de papel rellenadas a posteriori
  • Plantillas de Excel sin trazabilidad
  • Sistemas que permiten cambiar un fichaje sin dejar rastro
Con HoraClick

Cumples la ley desde el primer día

Fichaje digital

Desde el móvil, la web o una tablet, con ubicación opcional.

Correcciones firmadas

Si se corrige un fichaje, el trabajador lo firma desde su app.

Guardado 4 años

Todos los registros en la nube, con copias de seguridad diarias.

Informes al momento

PDF por trabajador, centro y periodo, listo para la Inspección.

Más detalle en nuestras guías: Registro de jornada en 2026 · Sanciones por no cumplir · Cómo lo resuelve HoraClick

Preguntas frecuentes

Dudas sobre la normativa

Todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena, sin importar su tamaño ni su sector. Quedan fuera la alta dirección y los autónomos sin empleados.

Sí. La obligación es la misma trabaje la persona en la oficina, en casa o a jornada parcial.

Sí, pero la corrección tiene que quedar registrada. En HoraClick cada corrección guarda quién la hizo, cuándo y por qué, y el trabajador la firma desde su app.

No llevar el registro es una infracción grave según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Te lo explicamos en detalle en nuestra guía de sanciones.

Esta página es informativa y no constituye asesoramiento legal. Para casos concretos consulta con tu asesoría laboral.

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